EL ESTADO: GARANTE DE LOS DERECHOS
Todo
derecho tiene como correlato un deber u obligación, es decir, una
disposición para dar, hacer o no hacer alguna cosa; de otro modo, el
derecho sería un concepto vacío. Por ello, los derechos humanos incluyen
tanto derechos como obligaciones y son los Estados quienes asumen, en
virtud del derecho internacional, los deberes de respetar y garantizar
estos derechos. La obligación de respetarlos significa que los Estados
deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o
de limitarlos, por ejemplo, no puede privar ilegalmente de la vida a
una persona, ni someterla a torturas o tratos crueles. La obligación de
garantizar su cumplimiento exige que los Estados deban prevenir su
violación, investigar si los derechos son quebrantados y, en
consecuencia, castigar a los culpables. Si la violación se produce, toda
la maquinaria del Estado debe actuar para que esta conducta no quede
impune. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros
derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los
demás.
El Estado está obligado así a organizar el poder público de manera que pueda cumplir con los deberes de respeto y garantía. Esto se logra fundamentalmente a través de dos herramientas: el poder de policía destinado a velar por la vida y la seguridad de los ciudadanos, y la posibilidad de instrumentar políticas públicas que aseguren a todos la satisfacción de las necesidades básicas protegidas por los derechos positivos.
El Estado está obligado así a organizar el poder público de manera que pueda cumplir con los deberes de respeto y garantía. Esto se logra fundamentalmente a través de dos herramientas: el poder de policía destinado a velar por la vida y la seguridad de los ciudadanos, y la posibilidad de instrumentar políticas públicas que aseguren a todos la satisfacción de las necesidades básicas protegidas por los derechos positivos.
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