martes, 19 de enero de 2016

CORRECCIÓN DEL EXAMEN PARCIAL

CORRECCION DE LA PRUEBA DEL TERCER PARCIAL
1- CORRECCIÓN DE LA PRUEBA
2- RECUPERACIÓN PEDAGÓGICA
3- REFORZAMIENTO DE CONOCIMIENTOS 

martes, 12 de enero de 2016

EXAMEN DEL TERCER PARCIAL

EXAMEN DEL TERCER PARCIAL DEL PRIMER QUIMESTRE
PRUEBA OBJETIVA DE RAZONAMIENTO LÓGICO

1- ITEMS DE COMPLETAMIENTO
2- ITEMS DE SELECCIÓN MÚLTIPLE
3- ITEMS DE CORRESPONDENCIA
4- ITEMS DE ORDENAMIENTO 
5- ITEMS DE SELECCIÓN MÚLTIPLE

martes, 5 de enero de 2016

EQUIDAD

EQUIDAD
 

Qué es Equidad:

Se conoce como equidad a la justicia social por oposición a la letra del derecho positivo. La palabra equidad proviene del latín "equitas".
Como tal, la equidad se caracteriza por el uso de la imparcialidad para reconocer el derecho de cada uno, utilizando la equivalencia para ser iguales. Por otro lado, la equidad adapta la regla para un caso concreto con el fin de hacerlo más justo.
Grecia es considerada la cuna de la justicia y de la equidad, ya que no excluía la ley escrita, sólo lo hacía más democrática, y también tuvo un papel importante en el derecho romano.

El término equidad (del latín aequitas, de aequus, "igual"; del griego "͗επιεικεία", virtud de la justicia del caso en concreto) puede definirse, según el Diccionario de la lengua española, como:
  • Cualidad que mueve a dar a cada uno lo que merece sin exceder o disminuir.
  • Justicia, imparcialidad en un trato o un reparto.
  • Tratar a todos por igual respetando y teniendo en cuenta sus diferencias.
  • la "bondadosa templanza habitual"; a la propensión a dejarse guiar por el deber o por la conciencia, más que por la justicia o por la ley escrita;1
  • la justicia natural, opuesta a la ley escrita.
  • una moderación en el precio de las cosas o en las condiciones.
  • una "disposición del ánimo que mueve a dar a cada uno lo que merece.1 Este ideal está íntimamente enlazado con el precepto exclusivamente jurídico de Ulpiano en sus "Tria Praecepta Iuris" (tres principios del derecho), el suum cuique tribuere (dar a cada uno lo suyo).


EL ESTADO: GARANTE DE LOS DERECHOS

EL ESTADO: GARANTE DE LOS DERECHOS

Todo derecho tiene como correlato un deber u obligación, es decir, una disposición para dar, hacer o no hacer alguna cosa; de otro modo, el derecho sería un concepto vacío. Por ello, los derechos humanos incluyen tanto derechos como obligaciones y son los Estados quienes asumen, en virtud del derecho internacional, los deberes de respetar y garantizar estos derechos. La obligación de respetarlos significa que los Estados deben abstenerse de interferir en el disfrute de los derechos humanos, o de limitarlos, por ejemplo, no puede privar ilegalmente de la vida a una persona, ni someterla a torturas o tratos crueles. La obligación de garantizar su cumplimiento exige que los Estados deban prevenir su violación, investigar si los derechos son quebrantados y, en consecuencia, castigar a los culpables. Si la violación se produce, toda la maquinaria del Estado debe actuar para que esta conducta no quede impune. En el plano individual, así como debemos hacer respetar nuestros derechos humanos, también debemos respetar los derechos humanos de los demás.
El Estado está obligado así a organizar el poder público de manera que pueda cumplir con los deberes de respeto y garantía. Esto se logra fundamentalmente a través de dos herramientas: el poder de policía destinado a velar por la vida y la seguridad de los ciudadanos, y la posibilidad de instrumentar políticas públicas que aseguren a todos la satisfacción de las necesidades básicas protegidas por los derechos positivos.